La entrega intempestiva de vivienda al comprador
Resumen
Cuando en el desarrollo de un contrato de compraventa de vivienda en construcción o “sobre plano”, bajo el auspicio de la “Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas”, el vendedor no cumple con la fecha inicial de entrega establecida, el comprador se plantea si, como parte in bonis, puede exigir la resolución del contrato o ha de soportar estoicamente la demora hasta un límite razonable.
Palabras clave
Obligaciones y Contratos; Compraventa
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PDFReferencias
REBOLLEDO VARELA, Ángel Luis: “Compraventa de vivienda: reclamaciones del comprador por incumplimiento de la obligación de entrega conforme a lo pactado” Revista Doctrinal Aranzadi Civil-Mercantil num.6/2005.
REBOLLEDO VARELA, Ángel Luis: "Resolución del contrato de compraventa de bien inmueble", CCJC núm. 11, abril-agosto 1986, pp. 3735-3750.
RUBIO TORRANO, Enrique: “Incumplimiento de la obligación de entrega de la vivienda en el plazo acordado”. Revista Doctrinal Aranzadi Civil-Mercantil 9/2015.
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