Transmisión hereditaria de la fianza
Succession in the personal guarantee

Carmen Arija Soutullo

Resumen


Resumen: En los últimos años y por diversas razones (desarrollo del crédito, exigencias de seguridad, crisis económica) las garantías personales han tenido un gran desarrollo. Los antiguos código civiles, como el francés o el español se inclinan claramente hacia la protección del acreedor, frente a la tendencia actual, reflejada en la legislación más reciente y en la constante preocupación de todos los órganos de la Unión Europea en la búsqueda de una mejor protección de los consumidores frente al poder económico incontrolado. Cuando el garante personal fallece se plantea  si la llamada “obligación fideisoria” se transmite a sus herederos. En este trabajo se trata  de aclarar  esta cuestión en los distintos tipos de fianza, fijándonos especialmente en la fianza general, dada su complejidad y su extraordinaria importancia en el tráfico jurídico actual, especialmente en el comercial.


Palabras clave


DERECHO DE OBLIGACIONES Y CONTRATOS

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