La posición del avalista en la compraventa de viviendas acogida a la ley 57
1968 y resuelta por mutuo disenso
Resumen
La cuestión que se se plantea es relativa a la resolución, por mutuo disenso de los contratantes, de la compraventa de una vivienda acogida a la normativa sobre percibo de cantidades anticipadas durante la construcción y a la posición jurídica del garante de las mismas.
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PDFReferencias
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