La opinión de persona experta independiente para resolver los conflictos
Resumen
La Ley Orgánica 1/2025 introduce en su artículo 18 la opinión de persona experta independiente como medio adecuado de solución de controversias (MASC). Este mecanismo no vinculante permite a un tercero neutral emitir una valoración objetiva y técnica del conflicto, facilitando acuerdos extrajudiciales y cumpliendo el requisito de procedibilidad en ciertos procesos. El artículo analiza su naturaleza jurídica, procedimiento, estructura recomendada del dictamen y el papel de abogados y notarios como expertos. Se destacan ventajas (flexibilidad, bajo coste) y riesgos (posible banalización), junto con un balance tras un año de vigencia. Se concluye que, con una aplicación responsable, fortalece la justicia preventiva y mejora la eficiencia del sistema judicial.
Referencias
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