Función del acta de notoriedad en el abintestato

Domingo Irurzun Goica

Resumen

En este trabajo el autor defiende la necesidad de una segunda acta de declaración de herederos abintestato, cuando la primera declara heredera única a la madre del causante y ésta repudia la herencia; sin que sea suficiente la mención al derecho del cónyuge viudo a su cuota legal usufructuaria, realizada en la primera, para considerarlo como heredero abintestato.

Referencias

GOMÁ SALCEDO, José Enrique, Derecho notarial, Barcelona, Editorial Bosch. 2º ed., 2011.

GUASP, Jaime, Derecho Procesal Civil, Tomo II, Instituto de Estudios Políticos, Madrid 1968.

LACRUZ BERDEJO, José Luis, en LACRUZ BERDEJO y SANCHO REBULLIDA, Elementos de Derecho civil, V. Derecho de sucesiones, Librería Bosch, Barcelona, 1981.

SOLÍS, Carlos, y MOVILLA, Francisco Javier, en su excelente “Comentario a los artículos 198 a 220 del Reglamento Notarial”, en VVAA, Nueva Legislación notarial comentada, Colegio Notarial de Madrid, Madrid, 2002, pp. 555 y ss.

Descargas

Publicado

2014-05-08

Número

Sección

Ensayos
LICENCIA © Revista de Derecho Civil 2025 COMPARTIR EN

Cómo citar

Función del acta de notoriedad en el abintestato. (2014). Revista De Derecho Civil, 1(2), pp. 149-170. https://nreg.es/ojs/index.php/RDC/article/view/71